Requisitos para acceder a la ley de segunda oportunidad

por | Jun 21, 2024 | Procedimientos de segunda oportunidad | 0 Comentarios

Requisitos para acceder al procedimiento de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal crucial para las personas físicas que enfrentan una carga financiera insostenible. Esta ley permite a los deudores honestos, tanto particulares como autónomos, reestructurar o incluso cancelar sus deudas, ofreciéndoles una segunda oportunidad para empezar de nuevo.

Este artículo detalla los criterios específicos necesarios para acogerse a este procedimiento, basado en los artículos 486 y 487 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

En Abogados Cruz de Piedra, estamos comprometidos a guiarte a través de este proceso, asegurando que tus derechos estén protegidos y que obtengas la mejor resolución posible.

reclamacion-gastos-hipotecarios-foto-abogados-cruz-de-piedra

Acceder al procedimiento de Segunda Oportunidad requisitos

Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es esencial cumplir con ciertos requisitos específicos. Aquí te explicamos detalladamente cada uno de ellos:

1. Ser una persona física:

La Ley de Segunda Oportunidad está diseñada exclusivamente para personas naturales, es decir, individuos, tanto particulares como autónomos. Esto significa que las entidades jurídicas no pueden acogerse a esta ley. El objetivo es ofrecer una solución a personas que, debido a circunstancias económicas desfavorables, no pueden hacer frente a sus deudas.

Ejemplo: Un autónomo que ha acumulado deudas debido a la crisis económica y no puede pagarlas puede acogerse a esta ley para reestructurar sus deudas y encontrar una solución viable. En cambio, una empresa constituida como sociedad limitada no puede beneficiarse de este mecanismo y debe buscar otras alternativas legales.

2. Estar en situación de insolvencia:

Para acogerse al procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad, es necesario estar en situación de insolvencia. Esto significa que el deudor no puede cumplir con sus obligaciones de pago a su debido tiempo. La insolvencia puede ser actual, cuando ya no se pueden pagar las deudas en los plazos acordados, o inminente, cuando se prevé que no se podrán cumplir las obligaciones financieras en un futuro cercano.

Insolvencia actual: Se da cuando el deudor ya no puede hacer frente a sus pagos actuales. Por ejemplo, si una persona no puede pagar sus facturas de servicios y préstamos personales, está en situación de insolvencia actual.

Insolvencia inminente: Se refiere a una situación en la que el deudor prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones en un futuro cercano. Por ejemplo, si una persona sabe que perderá su empleo y no podrá seguir pagando sus deudas, está en una situación de insolvencia inminente.

3. Deudor de buena fe:

Ser un deudor de buena fe es un requisito fundamental para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Esto implica que el deudor debe actuar de manera honesta y no haber cometido delitos graves en los últimos diez años. Además, el deudor debe haber intentado pagar sus deudas y no haber proporcionado información falsa o engañosa, ni haber actuado de manera negligente o temeraria al contraer deudas.

Ejemplo: Una persona que ha ocultado información sobre sus ingresos o activos para evitar pagar sus deudas no sería considerada deudor de buena fe.

4. Plan de pagos o liquidación de la masa activa:

El deudor puede optar por dos métodos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad:

Con sujeción a un plan de pagos sin previa liquidación de la masa activa, conforme al régimen de exoneración contemplado en la subsección 1.ª de la sección 3.ª siguiente.

Con liquidación de la masa activa, sujetándose al régimen previsto en la subsección 2.ª de la sección 3.ª siguiente si la causa de conclusión del concurso fuera la finalización de la fase de liquidación de la masa activa o la insuficiencia de esa masa para satisfacer los créditos contra la masa, en este último caso, estaríamos ante el llamado CONCURSO SIN MASA.

Requisitos para acceder a la ley de segunda oportunidad abogado la laguna

Excepciones que impiden el acceso al procedimiento

El artículo 487 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece varias excepciones que impiden al deudor acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho:

    1. Determinadas condenas penales:

    Si el deudor ha sido condenado por delitos graves contra el patrimonio, el orden socioeconómico, la Hacienda Pública, la Seguridad Social o los derechos de los trabajadores en los últimos diez años, no podrá acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Este impedimento se aplica incluso si las penas privativas de libertad han sido suspendidas o sustituidas.

    2. Determinadas sanciones administrativas graves:

    Haber sido sancionado por infracciones tributarias muy graves o de seguridad social en los últimos diez años también impide el acceso a la exoneración del pasivo insatisfecho. Además, los deudores que hayan sido sancionados por infracciones graves, si el importe sancionado excede el cincuenta por ciento de la cuantía susceptible de exoneración, tampoco podrán beneficiarse de esta ley a menos que hayan satisfecho íntegramente su responsabilidad.

    3. Concurso culpable:

    Si el concurso ha sido declarado culpable , el deudor no podrá beneficiarse de esta ley. No obstante, si el concurso fue declarado culpable exclusivamente por no haber solicitado oportunamente la declaración de concurso, el juez puede considerar las circunstancias en las que se produjo el retraso y permitir la exoneración.

    4. Colaboración insuficiente:

    La falta de colaboración con el juez del concurso y la administración concursal puede impedir el acceso a la exoneración. El deudor debe proporcionar toda la información necesaria y colaborar plenamente durante el proceso.

    5. Información falsa o negligencia:

    Proporcionar información falsa o engañosa, o actuar de manera temeraria o negligente al contraer deudas, excluye al deudor de la posibilidad de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. El juez evaluará las circunstancias para determinar si se cumple este criterio, considerando:

    a) La información patrimonial suministrada por el deudor al acreedor antes de la concesión del préstamo, para evaluar la solvencia patrimonial.

    b) El nivel social y profesional del deudor.

    c) Las circunstancias personales del sobreendeudamiento.

    d) En el caso de empresarios, si el deudor utilizó herramientas de alerta temprana puestas a su disposición por las Administraciones Públicas.

    El proceso de solicitud

    Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y obtener una exoneración de deudas, es necesario seguir un proceso estructurado. Aquí te explicamos cada paso en detalle:

    1. Reunir la documentación necesaria:

    Documentos financieros: Reúne toda la documentación que demuestre tu situación financiera actual. Esto incluye estados de cuenta bancarios, declaraciones de ingresos, informes de gastos y cualquier otro documento relevante que detalle tu situación económica.

    Informes de insolvencia: Proporciona pruebas de que no puedes hacer frente a tus deudas. Esto puede incluir cartas de los acreedores, notificaciones de impago y cualquier correspondencia relacionada con la imposibilidad de pago.

    Historial de pagos: Recoge registros de los intentos de pago y cualquier acuerdo previo con los acreedores. Esto es esencial para demostrar que has intentado cumplir con tus obligaciones financieras de buena fe.

    2. Presentar la solicitud:

    Formulario de solicitud: Completa y presenta el formulario de solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad ante el juzgado correspondiente. Asegúrate de que toda la información sea precisa y esté actualizada.

    Notificación a los acreedores: Una vez presentada la solicitud, notifica a todos tus acreedores sobre el inicio del proceso. Esto se puede hacer a través de un abogado o directamente, según las instrucciones del juzgado.

    3. Colaborar con el administrador concursal:

    En caso de que haya que nombrar un administrador concursal habrá que colaborar con él proporcionándole la información o documentación que requiera. 

    4. Audiencia y resolución:

    Resolución final: El juez dictará una resolución que puede incluir la exoneración total o parcial de las deudas. La resolución dependerá de varios factores, incluidos la buena fe del deudor y la situación financiera general.

    5. Cumplimiento de condiciones post-exoneración:

    Seguimiento: Es fundamental cumplir con las condiciones establecidas por el juez para mantener la exoneración de las deudas. Esto puede incluir la presentación de informes periódicos y el cumplimiento de cualquier plan de pagos residual.

    Revisión periódica: Puede haber revisiones periódicas para asegurar que estás cumpliendo con los términos del acuerdo. El incumplimiento de estas condiciones puede resultar en la revocación de la exoneración.

    Detalles adicionales del proceso

    Asesoramiento legal: Contar con un abogado especializado es altamente recomendable. En Abogados Cruz de Piedra en La Laguna, ofrecemos asesoría integral para guiarte a través de cada paso del proceso.

    Tiempo del proceso: La duración del proceso puede variar según la complejidad del caso y la cooperación de todas las partes involucradas. Generalmente, puede tomar desde varios meses hasta un par de años.

    Impacto en el historial crediticio: Aunque la exoneración de deudas puede aliviar tu situación financiera, también afectará tu historial crediticio, lo que puede dificultar la obtención de créditos futuros.

      Este proceso, aunque complejo, está diseñado para proporcionar una solución estructurada y legalmente respaldada a quienes enfrentan dificultades financieras severas. En Abogados Cruz de Piedra, te asistimos en cada paso del proceso para asegurarte el mejor resultado posible.

        Conclusión

        La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta valiosa para aquellas personas que se encuentran en una situación financiera insostenible, permitiéndoles reestructurar o cancelar sus deudas y empezar de nuevo. Cumplir con los requisitos establecidos y entender las excepciones es crucial para acceder a este procedimiento. 

        En Abogados Cruz de Piedra, estamos dedicados a guiarte a través de cada paso del proceso, asegurando que tus derechos estén protegidos y que obtengas la mejor resolución posible. Si necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactarnos o visitar nuestro despacho en San Cristóbal de La Laguna, Tenerife. Estamos aquí para ayudarte a construir un futuro financiero más seguro y estable.

          abogados la laguna